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Del peligro al encierro: La historia del zorro Antonio

Millones de personas en Bolivia se movilizaron a través de las redes sociales y expresiones públicas por un zorro, que fue adoptado y creció en el seno de un hogar de la ciudad de Oruro. El animal llamado Antonio fue separado de su familia y se planteó la pregunta: ¿Debía volver con sus seres humanos queridos?

El zorro Antonio jugando con su duenho. Fuente: Opinión Bolivia.

Análisis / Libertad Aliaga Flores / Bolivia / 21.07.20


En la ciudad de Oruro, situada al oeste de Bolivia, el 21 de junio, las autoridades de control animal llegaron al domicilio de la familia Ajhuacho para llevarse al zorro Antonio al zoológico municipal. La familia afirmó que albergó al zorro desde la muerte de la madre del animal y cuidaron de él como si fuera un perro. Este hecho desató polémica en el país.

El Ministerio de Medio Ambiente y Agua tomó la decisión de trasladarlo al departamento La Paz; la ministra del sector señaló que se estaba cumpliendo la ley. Entonces, hubo manifestaciones de la gente a través de las redes sociales. Las asociaciones protectoras de animales e instituciones en favor del retorno del zorro andino a su “hogar” utilizaron el lema “Liberen a Antonio”. Esta frase se popularizó en todos los medios.


La presión mediática sobre este hecho, impulsó que posteriormente el Ministerio de Medio Ambiente y Agua aceptara parcialmente el retorno de Antonio al seno de la familia que lo había criado, para lo cual exigió requerimientos para la tenencia del animal (entre otros, un espacio físico de 500 metros cuadrados y que no exista otro animal dentro el domicilio).


Este tema enfrenta dos posiciones claramente contrapuestas: si el marco de la ley posibilita la tenencia de un animal silvestre y; si el sentimiento humano es suficiente para doblegar la ley.


Alcance legal y técnico

La Constitución Política del Estado de Bolivia, establece en el artículo 342 en correlato con la Ley N°1333, Ley del Medio Ambiente del año 1992, el deber del Estado y la población conservar, proteger y aprovechar los recursos naturales y la biodiversidad. En el marco internacional la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES, por sus siglas en inglés), contiene en el apéndice II a especies de animales que no necesariamente están en peligro de extinción pero que pueden ingresar en esa categoría y que requieren medidas estatales para reglamentar su comercio (CITES, 2019).


El apéndice II de la convención citada, contiene dentro la categoría de canidae, licaones, zorros, lobos, al Lycalopex culpaeus (Sistema de Información de Biodiversidad, 2020), conocido en Sudamérica como el zorro colorado. Este zorro vive en zonas andinas, es solitario y su radio de acción es entre 8 a 12 kilómetros cuadrados.


Inicialmente, el Ministerio de Medio Ambiente y Agua, definió que como lugar de destino final para Antonio el refugio de animales Senda Verde que se encuentra a aproximadamente 98 kilómetros de la ciudad de La Paz, con lo cual quedaba demostrada la existencia de un lugar con personal capacitado para la atención y cuidado del zorro de acuerdo al Reglamento General de Gestión Ambiental que reglamenta la Ley de Medio Ambiente.

Dadas las circunstancias, sobre todo el deseo de la familia de solicitar la devolución del animal, el reglamento citado también señala excepcionalmente la posibilidad de que un particular pueda tener la custodia de un animal silvestre, siempre y cuando no existan las condiciones de ser albergado en alguno de los Centros de Custodia de Fauna Silvestre (CCFC), para tal cometido enumera los requisitos para acceder a tal solicitud.


El año 2006, se conoció el deceso del león Fido en el zoológico de la ciudad de Oruro, en críticas condiciones, y desde entonces poco han mejorado todos los centros de custodia, con esa experiencia surgen los razonables cuestionamientos del trato que se brindaría al animal y que estaría en cuidados óptimos bajo el techo de la familia humana. En Bolivia solo existen 26 centros de acogida, de lo que se conoce que constantemente están solicitando donaciones para alimentar a los animales. El albergue de animales Senda Verde, al cual pueda ser en un futuro trasladado, se encuentra con una cantidad que sobrepasó su capacidad, situación que debería ser evaluada también por el Ministerio de Medio Ambiente y Agua (Praeli, 2019).


Encontrar una salida beneficiosa no es tan simple como aplicar la norma a un caso en particular. El criterio técnico aporta más luces a esta disyuntiva sobre la protección a la fauna silvestre, y la lucha contra el tráfico de especies. El Colegio de Biólogos de La Paz emite un comunicado expresando su posición con respecto a la situación de Antonio (Colegio de Biólogos de La Paz, 2020). El mencionado documento de 23 de junio, apunta sobre los cuidados que debe tener, en tal sentido advierte a cerca del peligro del tráfico legal de animales silvestres para convertirlos en mascotas, así como el desequilibrio para el ecosistema y riesgos para el mismo humano, a este último menciona casos de enfermedades transmitidas por animales como SARS, ébola y el mismo COVID-19. También, pone en relieve los riesgos de liberar al animal silvestre cautivo a su hábitat natural, al haber carecido de la experiencia de aprender muchas habilidades de subsistencia como cazar, conseguir refugio o defenderse.


Conclusiones

El peligro de que Antonio, retorne al hogar de la familia que lo crió durante este tiempo, podría acarrear el riesgo que en el futuro muchas personas pretendan alegar las mismas circunstancias para que se les otorgue el derecho de tenencia en hogares particulares con amparo legal y esto contribuya al tráfico y posterior peligro de extinción de ciertas especies y en un momento lo que es excepcional ahora, se convierta en un pedido recurrente con la posibilidad de alegar la igualdad ante la ley. Sin embargo, no es menos cierto que los centros de acogida están descuidados y no se cuenta con medidas efectivas que mejoren la calidad de su atención.


El temor de la población de exponer a Antonio a factores de cuidado negligentes o escasez se suma al clamor de una pronta y eficiente verificación de los zoológicos y centros de cuidado para animales.


Para finalizar, se debe perseguir a la gente que incurre en el delito de tráfico de especies ya que se cuenta con el marco legal, la deficiencia está en los operadores y en sentar precedentes para que la biodiversidad esté a salvo de predadores humanos y que esto no se quede únicamente en discurso político o sea utilizado para propósitos demagógicos.


Referencias

CITES. (26 de 11 de 2019). Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Flora y Fauna Silvestre. Obtenido de cites.org: https://cites.org/esp/app/appendices.php


Colegio de Biólogos de La Paz. (23 de 06 de 2020). www.laregion.bo. Obtenido de www.laregion.bo: https://www.laregion.bo/wp-content/uploads/2020/06/Pronunciamiento-zorro-Antonio-CBLPZ.pdf


Sistema de Información de Biodiversidad. (27 de 06 de 2020). Sistema de Información de Biodiversidad. Obtenido de Sistema de Información de Biodiversidad: https://sib.gob.ar/especies/lycalopex-culpaeus


Sobre la autora

Libertad Aliaga Flores es Abogada (Universidad Mayor de San Andrés), trabajó en oficinas legales de Servicio General de Identificación Personal en Buenos Aires, Argentina; de Ministerio de Medio Ambiente y Agua; Pro Bolivia, entidad desconcentrada del Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural y de profesión libre.


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